El pasado mes de marzo se tenía conocimiento de la sentencia de un juzgado de Primera Instancia de Palma en el que condenaba a una Comunidad de Propietarios a una indemnización astronómica, más de un millón de euros, por la caída de un vecino en las escaleras del edificio.
Pese al estado de embriaguez del indemnizado, las precarias condiciones del espacio en el que sucedió la caída han prevalecido a la hora de establecer la responsabilidad de los hechos.
Se da las circunstancias que la comunidad modificó las escaleras por su cuenta y sin licencia municipal, dejando un tramo sin barandilla para instalar una rampa en un lado, lo que, según la sentencia, es una irresponsabilidad de los propietarios del edificio por la carencia de medidas de seguridad.
Desde AECVAL recordamos que los propietarios son los responsables del estado de su edificio y cualquier incidente que en él ocurra, relacionado con las condiciones de habitabilidad, son de la incumbencia de la comunidad.
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